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Ordenanza Municipal de Promoción de la salud comuna de Coelemu

Informativo

Departamento de Salud (DESAMU) da a conocer a la comunidad Ordenanza del  Programa de Promoción de la SEREMI.

TITULO I: PROMOCIÓN DE ENTORNOS Y HÁBITOS SALUDABLES

ARTICULO 1.- La municipalidad de Coelemu, reitera con esta ordenanza el compromiso con la estrategia de promoción de la salud y a construcción de entornos saludables, a través del Comité Vida Chile local, conformado por DESAMU, DIDECO, DAEM, Hospital local , Consejo de desarrollo de Salud de las PSR, Consejo de desarrollo de salud del Hospital local, comunidad organizada.-

ARTICULO 2.- La estrategia de Promoción de la salud se insertará en el Plan de Salud Comunal, el que a su vez es parte integrante del PLADECO comunal

ARTICULO 3.- La autoridad municipal, otorgará las facilidades al Comité Vida Chile local, para acceder a los Establecimientos educacionales municipales preescolar, básica y media; con el objetivo de educar en la promoción de una vida activa y saludable en los componentes de alimentación saludable, actividad física y ambiente libre del humo del tabaco, de acuerdo al Plan Trienal de Promoción vigente en la comuna de Coelemu

ARTICULO 4.- La autoridad municipal, otorgará las facilidades al Comité Vida Chile local, para realizar actividades masivas en conmemoración de: Día sin tabaco (Mayo) Mes del Corazón (Agosto)

TITULO II: PROMOCION DE LA ALIMENTACION SALUDABLE EN LA COMUNA DE COELEMU

ARTÍCULO  5.-  La municipalidad de Coelemu, a través de DIDECO, se comprometerá a mejorar la canasta básica solidaria, asegurando la entrega de alimentos básicos, tendiendo a: Reducir azucares refinados, Reducir carbohidratos simples, Aumentar ácidos grasos tipo omega 3-6  y fibra dietaría.-

ARTICULO 6.- El Municipio, a través del Comité Vida Chile local, conmemorará el “Día de la Alimentación” (Mes de Octubre) a través de diferentes actividades orientadas a fomentar la alimentación saludable en la comunidad (Ferias, Talleres, muestras gastronómicas, seminarios, etc.)

TITULO III: PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICA EN LA COMUNA DE COELEMU

ARTICULO 7.- El Municipio a través de la oficina de Deportes, otorgará las facilidades para la práctica de actividad física y deporte en espacios públicos y calles de la comuna de Coelemu; resguardando el cierre de dichos espacios, de acuerdo al programa anual de actividades deportivas masivas.- (Caminatas, Cicletadas, Corridas, Futbol calle, etc.)

ARTÍCULO 8.- El Municipio se compromete a incorporar en el Plan Trienal de Promoción de la salud a lo menos 5 actividades deportivas masivas anuales

ARTICULO 9.- El Municipio, a través del Comité Vida Chile local, conmemorará el “Día de la Actividad física” (Mes de Abril) a través de diferentes actividades orientadas a fomentar la actividad física en la comunidad (Caminatas, corridas, zumba, Olimpiadas, etc.)

ORDENANZA PROMOCIÓN SALUD COELEMU

Certificado de aprobación de la ordenanza por parte del Concejo Municipal.

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