Ordenanza municipal sobre uso de mascarillas en el contexto de brote covid 19
Articulo 1 °. Toda
persona que transite
fuera de una
residencia particular, tales como espacios publicos o en lugares
de uso publico,
sean
abiertos o cerrados, publicos o privados en la Comuna de
Coelemu, debera usar permanentemente
una mascarilla que
proteja su nariz y boca. La mascarilla debera colocarse
minuciosamente,
para
que cubra
la boca y la nariz y anudarla firmemente para que no haya espacios de separacion con la cara.
Articulo 2°. La obligacion de
usar mascarillas establecida en
el articulo 1 °, se establece sin perjuicio de
las demas medidas
decretadas por la autoridad sanitaria como prioritarias en la proteccion
contra el COVID-19, tales corno el lavado frecuente de manos,
el
distanciamiento social y entre
otras que la autoridad sanitaria
determine.
Articulo N°3. La medida
antes establecida, regira a partir del lunes 20 de abril de 2020 y
hasta que se mantenga vigente el Decreto N° 104 del Ministerio del
Interior y Seguridad Publica, de fecha 18 de marzo de 2020, que «Declara Estado de Excepcion Constitucional de Catastrofe, par Calamidad Publica, en el Territorio
de Chile» o su respectiva prorroga, o bien, hasta que el Alcalde, previo
acuerdo
del Concejo Municipal, asi lo determine.
Articulo 4°. La infraccion al articulo 1 ° de esta Ordenanza, podra ser
sancionada con
multa de hasta 1 UTM.
Articulo 5°. La fiscalizaci6n de esta Ordenanza sera realizada por Carabineros de Chile y/o Inspector Municipal,