Publicación de Reavalúo de propiedades asignadas por SII
Municipalidad de Coelemu realiza publicación de los reavalúo por parte de Servicio de Impuestos Internos.
- Rol de avalúos y contribuciones bienes raíces no Agrícolas 2022
- Sitios no Edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros 2022
La ley N°17.235, sobre impuesto Territorial, dispone que los bienes raíces no agrícolas, que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas, de todas las comuncas del país, deben ser objeto de un reavalúo cada año. Por esta razón a contar del 1 de enero del 2022, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha emitido el rol de avaluós para cada comuna.
Para mejor comprensión y lectura de los datos registrados en el documento de rol de avalúos, considere los siguientes puntos:
- Los valores de avalúos y contribuciones se encuentran expresados en pesos del 1 de enero del 2022.
- La contribución registrada corresponde al valor de cada cuota trimestral para 2022, las cuales se cobran con vencimiento en abril, junio, septiembre y noviembre, e incorpora la contribución neta, la sobretasa de beneficio fiscal de 0,025% del avalúo efecto y la sobretasa del 100% a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas.
- La Ley N°21.078 del 2018 modificó, con vigencia 16.08.2018, el artículo 8 de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial. De acuerdo a esta norma, los bienes raíces no agrícolas afectos a impuesto territorial ubicados en áreas urbanas, con excepción de las áreas de extensión urbana o urbanizables, y que correspondan a sitios no edificados, según la nómina de propiedades informada por cada municipalidad y la situación de catastral de dichos predios al momento de la entrada en vigencia de este Reavalúo.
- La descripción de los códigos de destino de los bienes raíces es la siguiente:
C: Comercio D: Deporte y Recreación E: Educación y Cultura G: Hotel , Motel I: Industria | L: Bodega y Almacenaje M: Minería O: Oficina P: Administración pública y defensa Q: Culto | S: Salud T:Transporte y telecomunicaciones V: Otros no considerados W: Sitio eriazo Z: Estacionamiento |
Para las propiedades con destino otros no considerados y sitio eriazo se agregará, cuando corresponda, el monto de la tarifa por concepto de aseo domiciliario que determina cada municipalidad, en los respectivos boletines de cobro de contribuciones.
Si requiere información de este proceso, puede ingresar a la página web del Servicio www.sii.cl. También puede solicitar información en los módulos de Atención al Contribuyente y en los Departamentos de Avaluaciones del SII, distribuidos a lo largo del país.